EL INTRUSISMO: principal enemigo de la fisioterapia en México.

06.11.2018

¿Qué es el Intrusismo?

Según la Real Academia Española, es el ejercicio de actividades profesionales por personas no autorizadas para ello, pudiendo constituir un delito.

Según la legislación española, el hecho de que una persona se haga pasar por un profesional titulado cuando no lo es, es un delito penal, tipificado con pena de cárcel.

En otras palabras, el intrusismo profesional en Fisioterapia supone hacerse pasar por un Fisioterapeuta (anunciando o realizando las actividades propias de un fisioterapeuta) sin tener un titulo y cedula profesional que lo acredite.

Hay que reconocer que el término de Fisioterapeuta no es un término genérico y ningún profesional que no sea fisioterapeuta puede aplicar ninguna rama de la fisioterapia, incluido el masaje con fines terapéuticos, curativos y sanitarios. "Corresponde en exclusiva la denominación y función de Fisioterapeuta a quienes ostenten la titulación de Diplomado en Fisioterapia de acuerdo con el Real Decreto 2965/80 de 12 de Diciembre, aquellos que tengan la especialidad de Fisioterapia reglamentada en el decreto del 26 de Julio de 1957, los profesionales habilitados con anterioridad al citado Decreto para ejercer la Fisioterapia, y aquellos que estén en posesión de los títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes, sean homologados a aquellos". (Artículo 7º de los Estatutos del Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid, publicados en el BOCM nº 282, del 27 de Noviembre de 1998).

Ya se nuestra introducción habla de un país como España pero hay que entender que esta problemática solamente se presenta en ese país sino que en el nuestro también pero apenas aquí es un problema que apenas se está identificando  y ademas se esta castigando y se están formando proyectos de ley que buscan sancionar a aquellas personas que usurpe la función de un fisioterapeuta sin tan siquiera serlo.

En este ámbito alrededor van surgiendo nuevas carreras y si no surgen nuevos cursos, certificaciones o diplomados e inclusive instituciones educativas que promueven oficios como Masajista, Quiropractico, Osteopata o inclusive combinación de QuiroFisio (Quiroprácticos y Fisioterapia) oficios que por ganar dinero no se fijan si las personas a las cual hacen que se inscriba es personal de salud o inclusive si están aprendiendo haciendo unos supuesto personal de salud cuando estos oficios a lo largo ni siquiera tienen validez oficial y hacen creer que aquellos que egresan de sus cursos o disque carreras o profesiones se crea capaz de realizar las actividades de un fisioterapeuta lo cual hace una competencia desleal ya que en vez de formar profesionistas forman charlatanes que solamente desprestigian la profesión.

¿Qué es la competencia desleal?

Es el ejercicio de la profesión por una persona sin titulación sanitaria. En el caso que nos ocupa personas que realizan actos terapéuticos de fisioterapia bajo diferentes denominaciones.

Las actuaciones con fines terapéuticos sólo pueden ser desarrolladas por profesionales sanitarios, según queda recogido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS - Ley 44/2003, de 21 de noviembre). Cualquier persona que no tenga dicha titulación no podrá realizar tratamientos preventivos, curativos o paliativos a un paciente.

¿Es lo mismo un Fisioterapeuta que un masajista, quiropráctico y un osteopata?

No lo es. Ser masajista, osteopata o quiropráctico es un oficio y no una profesión regulada ni titulada. Por lo tanto, no es una profesión sanitaria, por lo que no pueden tratar patologías ni hacer ningún tipo de actuación terapéutica que pueda confundir a la población a excepción  de la osteopatía ya que esta no es un Oficio sino una especialidad que solamente Fisioterapeutas e inclusive técnicos la ejercen mediante una certificación de una técnica que aquí en el países del continente Americano se le llamada Terapia Manual en donde en Países de Europa se conoce como Osteopatía.

La fisioterapia es, por lo tanto, es una  una profesión, regulada por una titulación universitaria y los Fisioterapeutas están obligados a pertenecer a su Colegio Profesional, con el fin de dar todas las garantías posibles a los usuarios de los servicios de fisioterapia, todo ello regulado por una Ley nacional (Ley 2/1974, de 13 de febrero) y una Ley autonómica (Ley 19/1997, de 11 de julio), y la propia de la Institución (Ley 10/1997, de 14 de abril).

Técnicas que conoce y puede realizar solamente un Fisioterapeuta

A las técnicas que realiza un fisioterapeuta se le conoce también como método en caso de ejercicios y cuando se trata de un elemento de la naturaleza lo conocemos como agentes físicos:

  • Cinesiterapia

  • Electroterapia

  • Hidroterapia

  • Masaje

  • Ejercicios de Buerger

  • Mecanoterapia

  • Vendaje Neuromuscular (Kinesiotaping)

  • Masaje terapéutico, deportivo y relajante

  • P.G. (reeducación postural global)

  • Osteopatía 

  • Ejercicios de Williams

  • Ejercicios de Codman

  • Acupuntura

  • Gimnasia Abdominal Hipopresiva (G.A.H.)

  • ETC.


Cómo Identificar a un verdadero Fisioterapeuta

  1. TIENE UN TÍTULO Y CÉDULA: Casi todo profesional tiene su título y cédula a la vista en su consultorio, cuando llegues revisa si es así, sino tienes el derecho a preguntar si es Licenciado o bien tiene su título o número de cédula, la cual podrás consultar en el libro de profesiones.
  2. REALIZA UNA HISTORIA CLÍNICA: Cuando llegues la primera vez a tu consulta, el fisioterapeuta está obligado a abrir una historia clínica con el fin de tener tus datos más importantes, la historia de tu padecimiento, o bien si vienes referido de algún profesional médico.
  3. REALIZA UNA EXPLORACIÓN CLÍNICA: Posteriormente a pedirte algunos datos, el fisioterapeuta realizará una exploración, esta tiene como finalidad de encontrar las limitaciones funcionales que están causando tu lesión o padecimiento. Evaluará tú dolor, postura, marcha, movimiento, utilizará el goniómetro (en la mayoría de los casos), una evaluación de fuerza, test específicos neurológicos, de equilibrio, ortopédicos, etc.
  4. TIENE UN EXPEDIENTE: Con la información anterior, tú fisioterapeuta abre un expediente en el cual se registran todos los datos encontrados. además tendrás un diagnóstico funcional (de acuerdo a la función). En este expediente también puede realizar anotaciones acerca de tus sesiones, avances o cambios.
  5. FIJA OBJETIVOS Y PLAN DE TRATAMIENTO: Consultará contigo los objetivos del tratamiento de acuerdo a tu padecimiento, te explicará el proceso del tratamiento y cuál será su duración (esta puede variar de acuerdo a la recuperación) .
  6.  COMENTA EL TRATAMIENTO Y TE EXPLICA CUAL ES EL EFECTO O LA CAUSA DE APLICACIÓN DE CADA UNO DE LOS AGENTES FÍSICOS: Cuando te coloca algún tratamiento te explica amablemente cuál es el efecto u objetivo de colocarlo.
  7. SIEMPRE TE DEJA TERAPIA EN CASA: Te explicará que ejercicios o procedimientos debes hacer en casa, además de que te puede dar orientación postural u otra indicación.
  8. RESUELVE TUS DUDAS PORQUE TIENE CONOCIMIENTO ANATÓMICOS, FISIOLÓGICOS, TERAPÉUTICOS, ETC. : Siempre que tengas una pregunta acerca de tu padecimiento o el tratamiento que se está aplicando el fisioterapeuta las resolverá sin problema.
  9. EL MOVIMIENTO ES LA MEJOR TERAPIA: Todo fisioterapeuta sabe que aunque tengamos los mejores aparatos y la mejor tecnología, nada sustituye al movimiento, por lo que te realizara movilizaciones, estiramientos o bien te pondrá algunos o muchos ejercicios funcionales.

¿Qué riesgos puedo correr si decido ponerme en manos de estas personas?

Es libre de elegir la persona a la cual acudir. Ahora bien, debe tener en cuenta que las garantías que ofrece un profesional Sanitario, regulado por Ley en nuestro país, no son comparables a las que puede ofrecer un pseudoprofesional. En ocasiones, la escasa formación de estas personas puede comprometer gravemente la salud de los pacientes a los cuales tratan, al aplicar técnicas o métodos cuyos efectos no sean los más indicados e, incluso, ser contraproducentes. En otros casos, puede verse desamparado en el supuesto de reclamación o conflicto, en cuanto a responsabilidad civil, ya que, a diferencia de los Fisioterapeutas colegiados que sí tienen cubiertos estos riesgos, la mayoría de estas personas no tienen contratada ninguna póliza, lo que se traduce en un riesgo para quien se pone en sus manos.

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